Administració de alquileres y patrimonios
Administració de alquileres y patrimonios
El objetivo principal es que nuestros clientes logren la mejor rentabilidad con las mínimas preocupaciones, optimizando el valor de su patrimonio al máximo.
Nuestros servicios incluyen:
- Representación de la propiedad
- Cobro de rentas mensuales a los arrendatarios.
- Revisiones de IPC.
- Aplicación incrementos legalmente establecidos.
- Negociación y renovación de contratos con arrendatarios.
- Control de morosidad.
- Gestión de incidencias.
- Pagos por cuenta del arrendador.
- Ingreso y recuperación de fianzas.
- Formalización liquidaciones MENSUALES a la propiedad y pago saldo resultante.
- Posibilidad de suscribir los contratos de arrendamiento en aras de la propiedad.
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos debo cumplir para poder alquilar un piso que tenga en propiedad?
Para poder alquilar la vivienda es necesario disponer de un título que acredite la propiedad o el derecho de disfrutar de los frutos del bien (usufructo). También es necesario disponer del certificado de eficiencia energética y de la cédula de habitabilidad en vigor.
¿Qué es la cédula de habitabilidad? ¿Y el certificado de eficiencia energética?
La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que acredita que una vivienda cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad según la normativa vigente. La cédula también indica el número de personas que pueden ocupar una vivienda.
El certificado de eficiencia energética es el documento que acredita que la vivienda tiene una determinada calificación energética y se acredita con la etiqueta de eficiencia energética.
¿Cómo se determina la renta de un contrato de vivienda habitual?
De acuerdo con la ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, los precios de los alquileres están limitados cuando se trata de viviendas que se encuentran en zonas tensas.
En este caso, los precios de los nuevos contratos estarán condicionados según distintas condiciones y escenarios:
- Grandes Tenedores (5 viviendas o más)
- Pequeños tenedores
- Viviendas que no han sido alquiladas en los últimos 5 años
¿Cuál es la duración mínima de un contrato?
La duración del alquiler es libre en cualquier caso, ahora bien, la ley establece unas prórrogas legales obligatorias para el caso de los Arrendamientos Urbanos, en caso de que la duración pactada del contrato sea inferior a la mínima establecida por la ley. En el caso de las personas físicas la duración mínima será de 5 años y, en el caso de las jurídicas, de 7 años.
En cuanto a los contratos de arrendamiento de uso distinto de vivienda, lo pacten libremente las partes.
¿Qué es el índice de referencia de precios de alquiler?
Es un indicador que permite calcular el importe máximo y mínimo de la renta contractual de una vivienda, basándose en los metros, zona y características específicas de la misma.
¿Cuál es el plazo para notificar la finalización del contrato de arrendamiento de vivienda habitual?
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, 7/2019, de 1 de marzo, el plazo de preaviso que debe respetar el arrendador para notificar la finalización del contrato al arrendatario es, como mínimo, de 4 meses. En el caso del arrendatario, será de 2 meses de antelación.
¿Es obligatorio realizar el depósito de la fianza?
De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, es obligatorio depositar una fianza en el INCASÒL. En los casos de arrendamientos de vivienda el mínimo legal deberá ser una mensualidad de la renta y un máximo de tres mensualidades de la misma. En los casos de arrendamientos de uso distinto a vivienda el mínimo legal obligatorio será de dos mensualidades y no tendremos máximo legal.